Obtenemos Sentencia ante la Audiencia Provincial de Granada declarando prescrita la deuda que EOS Spain reclamaba a nuestro cliente.
La entidad reclamaba a nuestro cliente 3.100€ de una tarjeta contratada con Bankinter, habiéndose declarado vencido este contrato en el año 2010.
Desde esa fecha, nuestro cliente no tuvo ninguna noticia de esta deuda hasta que a primeros de 2021 recibió demanda del Juzgado. Según parece, EOS compró esta deuda en noviembre de 2015.
Si bien en primera instancia el Juzgado no nos dio la razón, hemos tenido éxito ante la audiencia provincial.
Tras analizar el régimen de prescripción de las deudas nacidas con anterioridad a octubre de 2015, finaliza declando la prescripción de esta deuda y desestimando la demanda formulada.
La carta de comunicación de la cesión del crédito no interrumpe la prescripción.
La revista jurídica economistjurist se hace eco de esta Sentencia a través de su página web, podéis acceder al artículo en el siguiente enlace: