El Juzgado declara la nulidad por usura del contrato de tarjeta de Bankinter con un 26,82% TAE.
Nuestra clienta firmó en septiembre de 2015 un contrato de tarjeta con la entidad Bankinter, que ha estado pagando en todo momento.
Sin embargo, tras muchos años nunca terminaba de cancelarse la deuda pendiente, por lo que se planteó que podía tener intereses muy elevados.
Y efectivamente, el contrato contemplaba una TAE del 26,82% para compras, lo que hacía que la mayor parte de lo pagado fuera a intereses.
Por ello, presentamos una reclamación extrajudicial a la entidad indicando que considerábamos que el contrato era usurario y proceder a su cancelación.
La entidad contestó defendiendo el interés aplicado al haber sido pactado entre las partes.
Así las cosas, no nos quedó más remedio que buscar el amparo judicial, por lo que presentamos demanda solicitando la nulidad del contrato, a la que se opuso Bankinter.
Finalmente tenemos la Sentencia y nos da la razón, declarando la nulidad del contrato al considerar excesivo el 26,82% de interés del contrato, en comparación con el interés medio de este producto.
La Sentencia se refiere también a las Sentencias del Supremo de mayo y octubre de 2022, que acertadamente contextualiza del siguiente modo:
“Si bien en la citada sentencia del TS de fecha de 4 de mayo de 2022 se consideró no usurario el interés pactado del 24,5%, dicha sentencia parte de los hechos declarados probados y no controvertidos de que para los años cercanos a la contratación el interés para el tipo de tarjeta oscilaba entre el 23% al 26% anual. En dicha sentencia, el TS no entra a valorar dichos hechos probados, sino sólo lo que es objeto de controversia que es si es de aplicación el interés del crédito al consumo frente al tipo de referencia para las tarjetas revolving“.
Esta apreciación es muy relevante, pues las entidades citan estas Sentencias del Supremo como si hubieran definido el porcentaje a partir del cual puede considerarse excesivo un contrato.
Y nada más lejos de la realidad: simplemente resuelven unos recursos de casación sobre la base de los hechos declarados probados en la instancia.
Como consecuencia de la nulidad, Bankinter devolverá a nuestra clienta todo lo pagado en concepto de intereses y comisiones, al haber pagado ya una cantidad
Podéis acceder a la Sentencia en el siguiente ENLACE.
César Duro Álvarez del Valle
Abogado en DuroA