Conseguimos que se condene a la Mutua a abonar a nuestro cliente el importe de las prestaciones correspondientes a los meses que estuvo de baja, que asciende en torno a 22.000€.
La Mutua extinguió la prestación económica de nuestro cliente por no acudir a una revisión, pese a estar plenamente justificada su inasistencia.
Nuestro cliente era trabajador por cuenta propia, siendo su mutua MC Mutual.
En enero de 2019 causó baja por incapacidad temporal derivada del estado de ansiedad que sufría al salir de su domicilio.
Al mes siguiente fue citado por su Mutua para revisión y envió un certificado del Servicio Madrileño de Salud comunicando que no podía acudir a la revisión por no encontrarse en condiciones para ello, no habiendo ningún problema e ingresándose la prestación al mes siguiente.
Sin embargo, un mes más tarde ocurrió lo mismo y, pese a enviar de nuevo certificado médico comunicando la imposibilidad de asistir, recibió un burofax comunicándole la suspensión cautelar de la incapacidad temporal por inasistencia a la revisión.
En el plazo de 10 días conferidos al efecto, justificamos nuevamente la inasistencia enviando los certificados médicos, tanto del centro de salud como de la psiquiatra que le estaba atendiendo en su domicilio.
Sin embargo, se recibió un nuevo burofax comunicando la extinción del derecho a la prestación económica de incapacidad temporal por no haber acudido al control médico ni haber justificado la incomparecencia.
Ante esta situación, interpusimos demanda de impugnación frente a la extinción de la prestación por incapacidad temporal, dirigida al Juzgado de lo Social, solicitando la nulidad de la extinción acordada y el abono de las prestaciones dejadas de percibir.
Durante el tiempo que duró el procedimiento y transcurrido un año desde la fecha de la baja, el INSS citó a nuestro cliente a fin de revisar la situación de incapacidad.
Se remitieron nuevos certificados médicos acreditando que no podía acudir a esta nueva cita, tras lo cual se acordó la prórroga de la incapacidad temporal por un período máximo de 180 días. Durante este periodo se continuó enviando certificados médicos justificando la imposibilidad de asistencia a las revisiones para las que se le citaba.
Defendimos ante el Juzgado que se había justificado debidamente que no podía acudirse ante la revisión por parte de la Mutua, no sólo porque se había comunicado en plazo y en base a certificados médicos, sino también porque el propio INSS lo admitió durante el último periodo de 6 meses de baja.
No nos encontramos ante un supuesto en que el trabajador voluntariamente decide no comparecer para eludir el examen médico, sino ante un real impedimento de acudir al mismo.
Y así lo entendió la Jueza, que estimó íntegramente la demanda, declarando nula la extinción del derecho a la prestación y condenando a MC Mutual a abonar las prestaciones dejadas de percibir durante el año y medio que se prolongó la incapacidad temporal.
Podéis acceder a la Sentencia pulsando AQUÍ.
César Duro Álvarez del Valle, abogado en DuroA
Buenos días,acabo de ver que la reclamación por vuestra parte a MC Mutual de un cliente que no compareció a una revisión y dicha Mutua le extinguió la prestación económica.Mi caso es idéntico,esto es,no he comparecido a una revisión por motivo de mi baja por ansiedad y he recibido burofax en la que me comunican que me extinguen la prestación económica y tengo 30 días para interponer reclamación.Estoy recopilando informes adicionales pero me gustaría poder tener vuestra opinión al respecto.Muchas gracias
Hola Francisca, no habíamos visto hasta hoy tu comentario. Esperamos que hayas podido resolver la situación.
Buenas tardes!
Mi situación es: me enviaron carta certificada. Me dejaron el aviso. Cuando la recogí, veo que la cita era el día antes, es decir, antes de los 15 días que tengo para recogerla. En el momento envié mail con la explicación y el justificante de seguimiento de la carta de correos que demuestra que no fui, porque no tenía cita.
21 días después responden que no está justificada la ausencia. Entrando en los 30 días, he presentado este jueves pasado, reclamación en la mutua con toda la documentación y acto seguido denuncia en inspección de trabajo.
Me podéis ayudar algo con este tema?