Derecho de tanteo y retracto de vivienda alquilada

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Derecho de tanteo y retracto de vivienda alquilada

¿Sabías que si vives de alquiler tienes reconocido por ley el derecho de adquisición preferente?

Este derecho está recogido en el artículo 25 de la Ley de Arrendamientos Urbanos e incluye los derechos de tanteo y de retracto.

Su contenido se podría resumir en los siguientes epígrafes:

  • El propietario debe ofrecerte comprar la vivienda alquilada al precio que pretende venderla.
  • Si no lo hace o la vende por un precio inferior, tienes derecho a comprarla por ese precio.
  • El plazo para formalizar la compra en ejercicio de este derecho es de 30 días.
  • Si ambas partes lo pactan en el contrato, pueden renunciar a este derecho.

El caso que contamos hoy es especialmente bonito:

Nuestros clientes eran propietarios de una vivienda en Madrid por la que pagaban una hipoteca a BBVA.

Su situación económica empeoró y al no poder pagar la hipoteca, firmaron una dación en pago, pasando BBVA a ser el propietario. A su vez firmaron un contrato de alquiler social para seguir residiendo en la vivienda, ahora como inquilinos.

Unos años después, BBVA les anunció su intención de vender la casa a un precio muy ventajoso. La razón es que pretendía venderla en cartera a un fondo de inversión junto a otros cientos de inmuebles.

Nuestros clientes mostraron su interés en comprar la vivienda, pero BBVA se dedicó a poner trabas durante más de un año. No nos quedó más remedio que acudir la vía judicial.

La Sentencia nos dio la razón y declaró que “la actuación de la entidad BBVA representó un ejercicio anormal o abusivo del derecho por no desbaratar de forma temporánea la expectativa, y sin duda creencia, de los demandantes de su derecho de tanteo sobre la vivienda en alquiler. Y esta forma de proceder resulta contraria a la buena fe contractual por responder a
postulados de mala fe que el ordenamiento jurídico no puede amparar (…) En consecuencia procede hacer efectivo el derecho de tanteo condenando a la demandada a otorgar la compraventa en los términos ofrecidos”.

Acatando la condena, BBVA sí acudió a notaría a firmar la escritura de compraventa y ahora nuestros clientes son nuevamente propietarios de la vivienda por un precio sorprendentemente bajo.

Os dejamos enlace a la Sentencia y si os encontráis en una situación similar, no dudéis en contactarnos por si os podemos ayudar con vuestro caso.

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