La conciliación de la vida personal y profesional en la abogacía sigue siendo, a día de hoy, más una aspiración que una realidad efectiva.
Tanto el Consejo General de la Abogacía Española como distintos medios de comunicación se han hecho eco de esto evidenciando que la conciliación real es todavía una utopía.
La suspensión de juicios, o plazos procesales, ante situaciones personales o médicas graves continúa dependiendo, en muchos casos, del criterio concreto de cada órgano judicial.
Esta falta de uniformidad no solo afecta a los profesionales, sino también al propio derecho de defensa.
Desde la práctica diaria, comprobamos que la rigidez de los señalamientos dificulta en muchas ocasiones la conciliación. No se trata de situaciones excepcionales: forman parte de la realidad del ejercicio. En nuestro caso, incluso nos hemos visto obligados a acudir al juzgado a celebrar juicios con nuestros hijos ante la imposibilidad de compatibilizar ambas responsabilidades.
La conciliación no puede depender de decisiones puntuales. Debe configurarse como una garantía real, integrada en el funcionamiento ordinario de la Administración de Justicia y vinculada directamente al derecho de defensa.
Os dejamos algunos artículos donde nuestra compañera Beatriz Duro habla de esta realidad a través de su propia experiencia:
Nuestra compañera Beatriz ha participado en la Campaña “Derecho a conciliar” del CGAE: