CÓMO RECLAMAR LOS GASTOS DE CONSTITUCIÓN DE LA HIPOTECA

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CÓMO RECLAMAR LOS GASTOS DE CONSTITUCIÓN DE LA HIPOTECA

¿Cuánto me debe el banco? ¿Por qué conceptos? ¿Cómo lo reclamo? El Tribunal Supremo nos da la razón.

La cláusula de GASTOS, incluida en la gran mayoría de las hipotecas españolas, y de la que ya hablamos recientemente (leer artículo), implica que al contratar el préstamo hipotecario, sea el prestatario (y no el banco) quien asume los siguientes pagos:

  • Al Notario por la Escritura de Préstamo Hipotecario (aprox. 600€)
  • Al Registro de la Propiedad por la inscripción de la hipoteca (aprox. 300€)
  • Al Tasador por la tasación del inmueble (aprox. 300€)
  • A Hacienda por el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (aprox. 1.200€)

Si bien todavía la cuestión no es firme al respecto de los dos últimos, no cabe duda sobre el resto. En DUROA.ES consideramos que se debe reclamar todo.

 

CÓMO RECLAMAR

1) RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL en cualquier sucursal de la entidad, por si el banco ofreciese devolverlo voluntariamente. Para ello, debes presentar este escrito en tu sucursal.

¡OJO! Revisar muy bien la propuesta del banco porque suele ofrecer acuerdos a la baja.

2) DEMANDA JUDICIAL, donde el Juzgado obligará al banco a devolver lo cobrado por los gastos que obligó a asumir al hipotecado indebidamente + los intereses + las costas judiciales.

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